anteriores acuerdos salariales

CCT 76/75 (Obrero de la Construcción) Res. N° APN-S.S.R.L. M.T. 762/16

(Suscripto el 06/10/16 Homologado 14/10/2016)

1.- SEGURO DE VIDA CCT 76/75 Y CCT 577/10 PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 10/2016 al 12/2016 $186,82 (2% sobre $ 9341,14 "salario básico sereno Zona A")
Desde 01/2017 en adelante $193,79 (2% sobre $ 9689,69 "salario básico sereno Zona A")


CCT 577/10 (Redes de Acceso, Distribución y Transporte) Res. N° APN-S.S.R.L. M.T. 762/16

(Suscripto el 06/10/16 16 Homologado 14/10/2016)

1.- SEGURO DE VIDA CCT 76/75 Y CCT 577/10 PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 10/2016 al 12/2016 $186,82 (2% sobre $ 9341,14 "salario básico sereno Zona A")
Desde 01/2017 en adelante $193,79 (2% sobre $ 9689,69 "salario básico sereno Zona A")


CCT 445/06 (Hormigón Elaborado) Resol. 398/2016

(suscripto el 04z/04/16 y homologado el 13/06/16)

1.- SEGURO DE VIDA CCT 445/06 PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 04/2016 en adelante $138,45 (1,5% sobre $ 9230,19.- "salario básico Nivel A Zona A")

1.5% sobre remuneraciones de NO afiliados
Desde período devengado 06/2016 hasta el periodo devengado 11/2016 inclusive
(SE DIFIEREN LOS PERIODOS DE APLICACION COMENZANDO A PARTIR DE 06/2016 EN LUGAR DE 04/2016, como indica la resolución DEBIDO A QUE, A LA FECHA DE HOMOLOGACION (13/06/2016)

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$ 90,- mensuales por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al pago, pagaderos desde 07/2016 al 02/2017 inclusive


AñO 2016 - CONVENIOS 76/75 Resol. 242/2016

(Suscripto el 14/04/16 y homologado el 18/04/16)

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 04/2016 en adelante $170,10 (2% sobre $ 8505.- "salario básico sereno Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO (punto 5.- del acuerdo)
1.5% sobre remuneraciones de NO afiliados
Desde 04/2016 hasta el periodo devengado 09/2016 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA (punto 6.- del acuerdo)
$ 90,- mensuales por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al pago, pagaderos desde 07/2016 al 02/2017 inclusive.

Obreros de la Construcción CCT 76/75:
AñO 2015 CCT 76/75 Resolución ST N° 726 - 2015

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 04/2015 hasta 07/2015 $ 128.48 (2% sobre $ 6.424.- "salario básico sereno Zona A")
Desde 08/2015 en adelante $ 139.42 (2% sobre $ 6.971,- "salario básico sereno Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS
Desde período 06/2015 hasta período 11/2015 ambos inclusive

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$70 por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al período del pago.
Desde Junio 2015 hasta 01/2016 inclusive.

áreas Petrolíferas y Gasíferas CCT N° 545/08
Suscripto el 31/07/15 y homologado el 20/08/15

1.- SEGURO DE VIDA CCT 545/08 PARA TODAS LAS ZONAS
Para 12/2015 $104,29 (2% sobre $ 5214,62 - salario básico sereno Zona I)
Desde 01/2016 en adelante $109,25 (2% sobre $ 5462,53 - salario básico sereno Zona I)

Redes de Acceso, Distribución y Transporte CCT 577/10
CCT 577/10 (Redes de Acceso, Distribución y Transporte) Resolución 1130/2015 MTSS
(Suscripto el 15/06/15 y homologado el 14/08/15)

1.- SEGURO DE VIDA SIGUE CCT 76/75 PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 04/2015 hasta 07/2015 $ 128.48 (2% sobre $ 6424 "salario básico sereno Zona A")
Desde 08/2015 hasta nuevo aviso $ 139.42 (2% sobre $ 6971 "salario básico sereno Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
1.5% sobre remuneraciones de NO afiliados
Desde el período devengado 08/2015 hasta el periodo devengado 01/2016 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA $ 70.- mensuales por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al pago, pagaderos desde 08/2015 al 03/2016 inclusive.

Hormigón Elaborado CCT N° 445/06
CCT 445/06 (Hormigón Elaborado) Resolución 954/2015 MTSS - Suscripto el 27/05/15 y homologado el 15/07/15

1.- SEGURO DE VIDA CCT 445/06 PARA TODAS LAS ZONAS
Desde 04/2015 hasta 07/2015 $104,57(1.5% sobre $6971,87 "salario básico categoría A Zona A")
Desde 08/2015 en adelante $113,48.- (1.5% sobre $ 7565,73 "salario básico categoría A Zona A)

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
1.5% sobre remuneraciones de NO afiliados

Desde el período devengado 07/2015 hasta el periodo devengado 12/2015 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$ 70.- mensuales por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al pago, pagaderos desde 07/2015 al 02/2016 inclusive.

CAMBIOS A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2014
CCT 76/75 OBREROS DE LA CONSTRUCCION
NUEVO ACUERDO SALARIAL HOMOLOGADO POR RES. ST Nº581 DE FECHA 15/04/2014

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 04/2014 hasta 06/2014 $99,48.- (2% sobre $ 4.974.- "salario básico sereno Zona A")
Desde 07/2014 hasta nuevo aviso $109,44.- (2% sobre $ 5.472.- "salario básico sereno Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO (1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS)
Desde 05/2014 hasta 10/2014 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$ 45.- mensuales por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al pago, pagaderos desde 05/2014 al 02/2015 inclusive.
(Se mantiene activa la nomina declarada desde el principio ya sea si varia o no el plantel )

Acuerdo salarial CCT 76/75 Resol. 581/14
(suscripto el 31/03/14 y homologado el 16/04/14)

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 04/2014 al 06/2014 $99,48 (2% sobre $ 4974.- "salario básico Nivel A Zona A")
Desde 07/2014 hasta nuevo aviso $109,44 (2% sobre $5472.- "salario básico Nivel A Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO (1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS)
Desde el período devengado 05/2014 hasta el 10/2014 inclusive

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$45.- mensuales por cada obrero que integre el plantel al mes inmediato anterior al pago, pagaderos desde período devengado 05/2014 al 02/2015 inclusive.

Acuerdo salarial CCT 445/06 Resol. 1024/13
(suscripto el 29/05/13 - homologado el 16/08/13)

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 06/2013 al 08/2013 $ 64,80 (1,5% sobre $ 4320,30.- "salario básico Nivel A Zona A")
Desde 09/2013 en adelante $ 68,70 (1,5% sobre $ 4579,52.- "salario básico Nivel A Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO (1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS)
Desde el período devengado 9/2013 hasta el periodo devengado 02/2014 inclusive

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$45 mensuales por cada empleado que integre el plantel al 29/05/2013 (fecha de suscripción), pagaderos desde 08/2013 al 05/2014.

ACUERDO SALARIAL CCT76/75 Obrero de la Construcción
Resol. 643/13 (suscripto el 21/05/13 - homologado el 30/05/13)

1.- SEGURO DE VIDA CCT 76/75 PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 06/2013 hasta 08/2013 $ 79,88 (2% sobre $ 3994.- "salario básico sereno Zona A")
Desde 09/2013 $ 84,68 (2% sobre $4234.- "salario básico sereno Zona A")

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
Uno y medio porciento (1.5%) sobre remuneraciones de NO AFILIADOS desde período 06/2013 hasta el 11/2013 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
$45 mensuales por cada empleado que integre el plantel al 21/05/2013 (fecha de suscripción), pagaderos desde 06/2013 al 03/2014

REF. NUEVOS ACUERDOS SALARIALES de fecha 14/12/12 Homologados por Resolución S.T. Nº 327/13 de fecha 20/03/2013 aplicable a las distintas categorías previstas en los C.C.T. Nº 76/75 , 577/10, 545/08 y 445/06.

En virtud del acuerdo suscripto entre la UOCRA y las Cámaras Empresariales respectivas, homologado por Resolución S.T. Nº 327/13 de fecha 20 de marzo 2013 se ha establecido:

SUMA NO REMUNERATIVA EXTRAORDINARIA
1.- El pago de una suma de carácter no remunerativo y extraordinario de fin de año 2012, para el personal comprendido en el ámbito de aplicación de los convenios colectivos de trabajo (CCT) 76/75, 577/10, 545/08 y 445/06.

2.- Esta suma no remunerativa se abonará a todos aquellos trabajadores activos a la fecha de suscripción del presente (14/12/2012) de acuerdo a las siguientes condiciones:
- Trabajadores con fecha de ingreso hasta el 31/08/2012: percibirán el 100%.
- Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/08/2012 y hasta el 31/10/2012: percibirán el 75%
- Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/10/2012: percibirán el 50%.

3.- Los montos a percibir, respetando la porcentualidad establecida en el punto 2.- serán los siguientes:
a) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fé, Entre Ríos, San Juan, Mendoza, San Luis, La Pampa, Neuquén, Río Negro y Chubut un monto de $2.500.- (pesos dos mil quinientos).
b) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:Provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, La Rioja, Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes un monto de $2.000.- (pesos dos mil).
c) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego un monto de $3.000.- (pesos tres mil). Dichos montos se abonarán en cuatro (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas simultáneamente con la primera quincena de cada mes, a partir del mes de marzo (mes de homologación de los acuerdos).

4.- Habida cuenta del carácter no remunerativo y extraordinario de la suma acordada, la misma no se incorporará a los salarios básicos ni será tenida en cuenta a los efectos del cálculo de horas extras, aguinaldo, vacaciones, asignación por fondo de cese laboral y ninguna otra indemnización y/o concepto cuyo cálculo modele sobre el salario.Tampoco esta sujetos a aportes y contribuciones de la seguridad social, salvo a los relativos a Obra Social, que deberán ser integrados en su totalidad.

5- El pago de la suma no remunerativa y extraordinaria acordada, será absorbida y/o compensado hasta su concurrencia con cualquier anticipo, gratificación y/o asignación que se hubiere liquidado, tanto voluntariamente o como consecuencia de acuerdos y/o convenios firmados individualmente por los empleadores con la representación gremial. Respecto de estas sumas no remunerativas, absorbidas y / o compensadas, cualquiera sea la oportunidad del pago, resulta de aplicación el ingreso de aportes y contribuciones con destino a la obra social.

ACUERDO SALARIAL CCT 545/08 áreas Petrolíferas y Gasíferas
Resol. ST 1972/2012

SEGURO DE VIDA CCT 545/08 PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 12/2012 a 02/2013 $58.92
Desde 03/2013 a 08/2013 $63.13
Desde 09/2013 en adelante $65.76

ACUERDO SALARIAL CCT577/10 firmado el 24/08/12
Homologado el 18/10/2012 (Resolución S.T. 1545/12)

1.- SEGURO DE VIDA CCT 76/75 PARA TODAS LAS ZONAS.
$67.70 por empleado (mismo valor que CCT76/75)

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
1.5% Remuneración Bruta de NO Afiliado desde 11/2012 hasta 04/2013 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $84
pago contado: 11/2012 $ 84,- por cada obrero declarado al 24/08/2012 (fecha de suscripción del acuerdo) vencimiento 10/12/2012
pago en cuotas:

11/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/12/2012
12/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/01/2013
01/2013 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/02/2013
02/2013 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/03/2013

ACUERDO SALARIAL CCT445/06 Obrero de la Construcción
Julio 2012 (disp. DNRT 243/12)

SEGURO DE VIDA PARA EL CONVENIO HORMIGON ELABORADO :
desde 07/2012 para todas las zonas será de $ 54.92 (1.5% sobre $ 3661.27.- salario básico categoría A Zona A)

APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
1.5% S/ REMUN.DE NO AFILIADO desde 09/2012 hasta 02/2013

CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $84
pago contado: 07-2012 $ 84,- por cada obrero declarado al 04-07-2012 y vto el 10-08-2011

pago en cuotas:
07-2012 $ 21.- vencimiento 10-08-2012
08-2012 $ 21.- vencimiento 10-09-2012
09-2012 $ 21.- vencimiento 10-10-2012
10-2012 $ 21.- vencimiento 10-11-2012

ACUERDO SALARIAL CCT76/75 Obrero de la Construcción
Junio 2012 (res.960/12)

1.- SEGURO DE VIDA CCT 76/75 PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 06/2012 - $ 67,70 (2% sobre $ 3385.- salario básico sereno Zona A)

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO
Uno y medio porciento (1.5%) sobre remuneraciones de NO AFILIADOS desde período 08/2012 hasta el 01/2013 inclusive.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
Pago al contado: Periodo 07/2012 $ 84.- por c/obrero declarado al 12-06-2012 (fecha de suscripción del acuerdo) vencimiento 10/08/2012.

Pago en 4 cuotas:
Cuota 1 Período 07/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/08/2012
Cuota 2 Período 08/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/09/2012
Cuota 3 Período 09/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/10/2012
Cuota 4 Período 10/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/11/2012

CAMBIOS A PARTIR DEL PERíODO MARZO 2012 (homologado el 16.05.2012) RESOLUCIóN 667/12 CORRESPONDIENTE AL CONVENIO 545/08 áREAS PETROLíFERAS Y GASíFERAS

SEGURO DE VIDA valor cápita $ 52.60 (equivalente al 2% de los $ 2.630.33 del salario básico del sereno zona I) desde el 03/2012 hasta el 06/2012.

CAMBIOS A PARTIR DEL PERíODO NOVIEMBRE 2011
RESOLUCIóN ST 1293/2011 CORRESPONDIENTE AL CONVENIO 545/08 áREAS PETROLíFERAS Y GASíFERAS

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 03/2011 hasta 06/2012 $46.97

2.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA.
Pago contado:
11/2011 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 11/12/2011
12/2011 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 13/01/2012
01/2012 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 13/02/2012
02/2012 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 13/03/2012
03/2012 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 12/04/2012

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO ABRIL 2011
Resolución 396/11 correspondiente al CCT 577/10 OBRAS DE REDES DE ACCESO, DISTRIBUCIóN Y TRANSPORTE

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 04/2011 hasta 07/2011 $ 46.88
Desde 08/2011 hasta 10/2011 $ 49.70
Desde 11/2011 hasta 03/2012 $ 52.68

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO.
1.5% sobre remuneraciones de trabajadores NO AFILIADOS desde 07/2011 hasta 12/2011

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
Pago contado:
06/2011 $ 76.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 11/07/11
Pago en cuotas:
06/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 11/07/11
07/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 10/08/11
08/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 12/09/11
09/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 10/10/11

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO ABRIL 2011
Resolución 441/11 correspondiente al CCT 445/06 HORMIGON ELABORADO

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 04/2011 hasta 07/2011 $ 37.90
Desde 08/2011 hasta 10/2011 $ 40.17
Desde 11/2011 hasta 03/2012 $ 42.58

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO.
1.5% sobre remuneraciones de trabajadores NO AFILIADOS desde 06/2011 hasta 11/2011.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA
Pago contado:
06/2011 $ 76.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 11/07/11
Pago en cuotas:
06/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 11/07/11
07/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 10/08/11
08/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 12/09/11
09/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 05/2011. Con vencimiento 10/10/11

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO ABRIL 2011
Resolución DNRT 330/11 para CCT 76/75

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 04/2011 hasta 07/2011 $ 46.88
Desde 08/2011 hasta 10/2011 $ 49.70
Desde 11/2011 hasta 03/2012 $ 52.68

2.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO.
1.5% sobre remuneraciones de trabajadores NO AFILIADOS desde 06/2011 hasta 11/2011.

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $ 76.
Pago contado:
06/2011 $ 76.- por cada obrero declarado en 04/2011. Con vencimiento 11/07/11.
Pago en cuotas:
- 06/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 04/2011. Con vencimiento 11/07/11
- 07/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 04/2011. Con vencimiento 10/08/11
- 08/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 04/2011. Con vencimiento 12/09/11
- 09/2011 $ 19.- por cada obrero declarado en 04/2011. Con vencimiento 10/10/11.

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO ENERO 2011
Resolución ST 2032/2010 CONTRIBUCION EMPRESARIA EXTRAORDINARIA

1.- Para Obras Radicadas en el Resto del Pais (Zona 1, Art. 6 Pto. 3 Inciso a y c):
Pago contado:
Enero $ 200.- por cada obrero declarado al 20/12/2010.Vto. 15/02/2011
Pago en cuotas:
Enero $ 66,66.- por cada obrero declarado al 20/12/2010. Vto. 15/02/2011
Feb. $ 66,66.- por cada obrero declarado al 20/12/2010. Vto. 15/03/2011
Marzo $ 66,66.- por cada obrero declarado al 20/12/2010. Vto. 15/04/2011

2.- Para Obras Radicadas en las Provincias (Zona 2, Art. 6 Pto. 3 Inciso b):
Salta - Jujuy - Tucuman - Catamarca - Santiago del Estero - La Rioja - Chaco - Misiones - Corrientes - Formosa.
Pago contado:
Enero $ 150.- por cada obrero declarado al 20/12/2010.Vto. 15/02/2011
Pago en cuotas:
Enero $ 50.- por cada obrero declarado al 20/12/2010. Vto. 15/02/2011
Feb. $ 50.- por cada obrero declarado al 20/12/2010. Vto. 15/03/2011
Marzo $ 50.- por cada obrero declarado al 20/12/2010. Vto. 15/04/2011

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO JUNIO 2010
Resolución ST 1392/2010 CONVENIO Areas Petrolíferas y Gasíferas

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 09/2010 hasta 12/2010 $ 40.35
Desde 01/2011 hasta 01/2011 $ 41.69
Desde 02/2011 hasta 06/2011 $ 42.70

2.- Aporte Solidario Extraordinario
1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS para las DJ del 10/2010 hasta 03/2011 (6 meses en total).

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $ 60.-
Pago al contado:09/2010 $ 60.- por cada obrero declarado en 08/2010. Vto. 12/10/10
Pago en cuotas:
09/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 12/10/10
10/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 11/11/10
11/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 13/12/10
12/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 11/01/10

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO JUNIO 2010
Resolución ST 1097/10 CONVENIO (577/10 Obras de Redes de Acceso, Distribución y Transporte EX 227/93 -Rama Telefonía)

2.- Aporte Solidario Extraordinario
1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS para las DJ del 09/2010 hasta 02/2011 (6 meses en total).

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $ 60.-
Pago al contado:06/2010 $ 60.- por cada obrero declarado al 30/06/2010. Vto. 12/07/10
Pago en cuotas:
06/2010 $ 15.- por cada obrero declarado al 30/06/2010. Vto. 12/07/10
07/2010 $ 15.- por cada obrero declarado al 30/06/2010. Vto. 10/08/10
08/2010 $ 15.- por cada obrero declarado al 30/06/2010. Vto. 10/09/10
09/2010 $ 15.- por cada obrero declarado al 30/06/2010. Vto. 11/10/10

CONVENIO HORMIGON ELABORADO resol. 293/10

1.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 05/2010 hasta 06/2010 $ 29.55
Desde 07/2010 hasta 11/2010 $ 31.62
Desde 12/2010 hasta 03/2011 $ 33.84

2.- Aporte Solidario Extraordinario
1.5% sobre remuneraciones de NO AFILIADOS para las DJ del 07/2010 hasta 12/2010 (6 meses en total).

3.- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $ 60.-
Pago al contado:
06/2010 $ 60.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 12/07/10
Pago en cuotas:
06/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 12/07/10
07/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 10/08/10
08/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 10/09/10
09/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Vto. 11/10/10

NUEVO ACUERDO SALARIAL : homologado el 26-05-2010 por Res.ST Nº 639.

El contenido del mismo se puede consultar, ingresando a la pagina oficial de UOCRA.ORG, y acceder en el titulo PARITARIAS 2010 NUEVAS TABLAS SALARIALES PARA LOS TRABAJADORES CONSTRUCTORES.

RECORDATORIO
Le indicamos a continuación los PORCENTAJES DE INCREMENTO SALARIAL acordados y los meses que se deben aplicar: ONCE POR CIENTO (11%) sobre los salarios básicos vigentes al 30 de abril de 2010 QUE REGIRA A PARTIR DE MAYO DE 2010; SIETE POR CIENTO (7%) sobre los salarios básicos de convenio del mes de julio de 2010, QUE REGIRA A PARTIR DEL 01 DE AGOSTO DE 2010 y el siete por ciento (7%) sobre los salarios básicos de convenio del mes de noviembre de 2010, que regirá a partir del 01 de diciembre de 2010 . Los incrementos indicados se aplicaran respecto de las distintas categorías previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 76/75 conforme las tablas que pueden ser consultadas ingresando en la pagina oficial de UOCRA.ORG.
OBLIGATORIEDAD DEL PAGO DE LA SUMA DE $ 500 (PESOS QUINIENTOS) DE CARáCTER NO REMUNERATIVA Y EXTRAORDINARIA DE FIN DE AñO 2009 Y EL CORRESPONDIENTE PAGO DEL APORTE Y LAS CONTRIBUCIONES A LA OBRA SOCIAL. Aplicables a las distintas categorías previstas en el C.C.T. Nº 76/75, C.C.T Nº 545/08 y en el 577/10 (Ex CCT 227/93), según lo acordado con fecha 8 de marzo de 2010, entre los representantes de La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), la Cámara Argentina de la Construcción, la Federación Argentina de Entidades de la Construcción y el Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines . En caso de no haber cumplido con la mencionada obligación, solicitamos regularice a la brevedad su situación mediante la correspondiente rectificativa de las declaraciones juradas y el pago de las mismas. Asimismo se podrá efectuar cualquier consulta, a través del 0800-666-4271 en el horario de 9:30 hs. a 17,30 hs o vía email a información@imrsa.com.ar

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO JUNIO 2010, PARA EL CONVENIO 577/10 (ex 227/93)

La denominación actualmente llamada "TELEFONIA", pasará a ser denominada "REDES DE ACCESO, DIST. Y TRANSPORTE"

Seguro de vida para todas las zonas:
Desde 05/2010 hasta 07/2010 $ 36.56
Desde 08/2010 hasta 11/2010 $ 39.12
Desde 12/2010 hasta 03/2011 $ 41.86

CAMBIOS A PARTIR DEL PERIODO MAYO 2010, PARA EL CONVENIO 76/75

1.- SUMA NO REMUNERATIVA
Se establece el pago de una suma no remunerativa, que será abonada a todo trabajador que mantuvo relación de dependencia durante todo el mes de abril de 2010, A saber: de pesos trescientos ($ 300) aplicable a todas las categorías laborales de la Zona A, de pesos trescientos cincuenta ($350) aplicable a todas las categorías laborales de la Zona B , de pesos quinientos ($ 500) para todas las categorías laborales de la Zona C y pesos seiscientos ($ 600) aplicable a todas las categorías laborales de la zona C-Austral establecidas en el C.C.T. Nº 76/75 . LOS MONTOS QUE DEBERáN ABONARSE BAJO ESTE CONCEPTO, SOLO LLEVARáN RETENCIóN DE OBRA SOCIAL.

2.- SEGURO DE VIDA PARA TODAS LAS ZONAS.
Desde 05/2010 hasta 07/2010 $ 36.56
Desde 08/2010 hasta 11/2010 $ 39.12
Desde 12/2010 hasta 03/2011 $ 41.86

3.- APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO DEL TRABAJADOR (1,5%)
Este aporte es para aquellos empleados NO AFILIADOS, que rige desde el período 06/2010 - con vencimiento que opera a partir de Julio de 2010 - y los restantes 5 MESES hasta el período 11/2010 inclusive - cuyo vencimiento opera en diciembre de 2010.

4 .- CONTRIBUCIóN EMPRESARIA EXTRAORDINARIA $ 60.-
Recuerde que la Contribución Empresaria Extraordinaria no figura en el Aplicativo sino que, al transferir el archivo para realizar la DDJJ, en el 4º paso, encontrará la opción de colocar el total del importe o la primera cuota.
Pago al contado:
06/2010 $ 60.- por cada obrero declarado en 05/2010 Con vencimiento 12/07/10
Pago en cuotas:
06/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Con vencimiento 12/07/10
07/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Con vencimiento 10/08/10
08/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Con vencimiento 10/09/10
09/2010 $ 15.- por cada obrero declarado en 05/2010. Con vencimiento 11/10/10