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21/10/2019

La CGT RA solicitó al Gobierno la ratificación del Convenio 190 OIT contra la violencia y el acoso laboral

Convenio 190 de la OIT

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La CGT solicito al Gobierno Argentino la iniciación de los trámites de ratificación del Convenio 190 recientemente adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT en el Año de su Centenario

Destacamos que la Justicia argentina condenó un caso de acoso laboral aplicando el Convenio 190 de la OIT, aún sin la ratificación, entendiendo la importancia de la normativa internacional .

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo tomó como referente al  Convenio 190 de OIT para expedirse sobre el caso de un empleado que luego de haber sido despedido reclamaba se reconocieran las situaciones de acoso laboral de las que había sido víctima.

El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sienta un precedente jurídico significativo y establece asimismo un antecedente político importante de cara a la ratificación del Convenio 190 en la Argentina.


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El trabajador, que se desempeñaba en una compañía del rubro textil, fue despedido en el año 2013, sin haber recibido indemnización alguna por parte de su empleadora. Frente a tal vulneración de sus derechos, el empleado demandó a la empresa reclamando se lo indemnizara, incluyendo entre los rubros indemnizatorios el daño moral sufrido producto de situaciones de acoso en el trabajo. 

Según se desprende del expediente, la víctima había padecido maltratos verbales, hostigamiento y acoso debido a su condición sexual, por parte de otros empleados y en presencia de su empleadora.

En primera instancia, el Tribunal  falló a favor del trabajador ordenando a la empleadora el pago de la indemnización correspondiente al cese de la relación laboral. Sin embargo, el mismo Tribunal desestimó el reclamo por acoso laboral. Esto motivó la apelación de la víctima, que en segunda instancia logró que la Justicia reconozca las situaciones de acoso y ordene la inclusión  del rubro “;;daño moral” en la indemnización.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo invocó en su fallo el Convenio 190 de OIT sobre violencia y acoso laboral, citando asimismo la Recomendación 206, complementaria de  dicho Convenio.

Si bien el Convenio 190 aún no ha sido ratificado en la Argentina, el Tribunal respaldó su decisión citando como precedente el caso "Álvarez, Maximiliano c/CENCOSUD S.A". En aquella oportunidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que aun cuando los países no hubiesen ratificado los convenios, éstos tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la OIT de respetar, promover y hacer realidad los principios relativos a los derechos fundamentales. 

Resulta relevante destacar que el Convenio 190 y la Recomendación 206 se sancionaron el 19 de junio de 2019,  en el marco 108° Conferencia Internacional del Trabajo, tras un proceso de debate en el seno de la OIT, que llevó dos años de arduas discusiones.

				

Ver Documento - Convenio 190 de la OIT

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