Existen dos tipos de seguro de vida para los trabajadores del sector de la construcción:
Seguro de vida obligatorio:
A cargo del empleador y regido por el Decreto 1567/74.
Seguro de Vida Colectivo:
Alcanza a los obreros comprendidos en la Convención Colectiva 76/75.
Se realiza un aporte mensual a la UOCRA por seguro de vida.
La suma es el equivalente al 2% del sueldo mensual correspondiente a la Categoría de Sereno fijado por el C.C.T. para la Zona "A", cualquiera sea la zona en la que presten servicios en forma efectiva.
El importe resultante será retenido por los empleadores mensualmente de los haberes de la segunda quincena de cada mes o en su caso a la fecha del cese".
Documentación necesaria para tramitar cobro aquí
Los adicionales son sumas que complementan el monto a cobrar por seguro de vida a partir de conceptos específicos.
Los adicionales vigentes son:
Para la tramitación de los adicionales por Servicios Públicos, Apoyo Escolar y Beca Secundaria, se solicita documentación adicional específica.
Documentación específica para adicionales seguro de vida aquí
Departamento de Subsidios y Seguros de Vida: Av. Belgrano 1870 - 3er Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: 4384-7141/51 - Internos 3401 y 3402
Horarios de atención: Lunes a Viernes de 9 a 17:30hs.
Tel. /fax: Interno 3401