Mientras persiste la preocupación empresarial
por el futuro de la ley de riesgos laborales, el ministro
de Trabajo, Carlos Tomada, aseguró ayer que "se
preservará el régimen vigente" y que "habrá
certidumbre jurídica para todos".
Por su parte, la Comisión de Legislación Laboral
de Diputados, que preside el asesor de la CGT Héctor
Recalde (PJ-Buenos Aires), aprobó tres dictámenes
de proyectos de cambios a la ley de contratos de trabajo.
Fuentes del Gobierno, de todas formas, ratificaron a LA NACION
que la voluntad del Poder Ejecutivo es que se modere el ritmo
del tratamiento de esas leyes. Recalde, por su parte, reiteró
que su propósito es avanzar "gradualmente"
en la revisión de normas vigentes.
Respecto de la ley de riesgos, Tomada, que habló en
la apertura de la Semana Argentina de Salud y Seguridad en
el Trabajo -organizada por la Superintendencia de Riesgos
del Trabajo-, recordó que la nueva ley elevará
los montos de indemnización para los trabajadores incapacitados
y supondrá "un pleno respeto por la Constitución".
El régimen actual está cuestionado por la Justicia,
entre otros temas, por pretender impedir que se llegue a un
juicio civil contra el empleador. El proyecto de reforma conlleva
el derecho del trabajador a optar entre cobrar las prestaciones
previstas por la propia ley, a cargo de la aseguradora de
riesgos del trabajo (ART), o ir a un juicio. Si bien a grandes
rasgos los representantes de los empleadores están
a favor de esa opción (rechazan la alternativa de que
puedan reclamarse resarcimientos por dos vías), hay
resistencia a la forma en que se instrumentaría en
algunos aspectos el nuevo régimen y a los costos que
demandaría la reforma.
Por ahora, el proyecto no llegó al Congreso, donde
la comisión de temas laborales en Diputados aprobó
ayer varios dictámenes:
§ Una iniciativa prevé que se considere el plazo
de preaviso como tiempo de servicio para el cálculo
de la indemnización por despido, aun cuando el preaviso
no fue otorgado (hoy sólo se lo considera bajo este
último supuesto). Así, se garantiza un pago
más elevado.
§ Otro texto modifica el artículo 12 de la ley
de contrato de trabajo para disponer la prohibición
de suprimir o reducir derechos previstos en contratos individuales
de trabajo. Hoy se prevé esa garantía para los
beneficios dispuestos por la propia ley, por estatutos profesionales
o por convenios colectivos, pero no por condiciones fijadas
para un trabajador en particular.
§ Otra iniciativa modifica el artículo 80 de la
misma ley, para obligar al empleador a entregar, a pedido
del trabajador, la constancia del pago de aportes a la seguridad
social en cualquier momento. Hoy, esa obligación rige
sólo al término de la relación laboral
o "cuando medien causas razonables".