Extractado de: www.misionesonline.net
CINCO MIL OBREROS PODRÁN TRABAJAR POR ACUERDO INTER-INSTITUCIONAL
El convenio compromete a los empresarios a incorporar en un 10 % a beneficiarios de planes sociales nacionales.
El convenio pretende que las empresas otorguen empleo formal a los trabajadores del sector.
A través de un convenio de cooperación entre El IPRODHA, el Ministerio de Trabajo de la Nación, al cual adhirieron la Cámara Argentina de la Construcción Delegación Misiones, el Centro de Constructores de Misiones; la Cámara Misionera de Empresas Constructoras y afines; la Cámara de la Industria de la Construcción de Misiones; la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), se beneficiarán alrededor de 5.000 obreros de la construcción, según señaló Héctor Vallejos, secretario general de UOCRA.
El IPRODHA exigirá y garantizará, para la adjudicación, que durante su ejecución las empresas adjudicatarias de obras bajo su administración o dirección incorporen en los trabajos a desarrollar hasta un 10 % (diez por ciento) de beneficiarios de los Programas Nacionales de Empleo y del Plan Nacional de Calificaciones para Trabajadores de la Construcción. Dicho porcentaje deberá tomarse sobre la base de la nómina total de personas a ocupar por obra que realizará oportunamente.
Por otra parte, Marcelo De Filipi, representante del Ministerio de Trabajo de la Nación, comentó que el convenio tiene como objetivo trabajar con los planes que ya están asignados, capacitar a los beneficiarios y tratar de incorporarlos laboralmente, a través de herramientas que tiene el Ministerio como son el plan de inserción laboral y los cursos de capacitación.
Agregó “Se ha logrado que gente que está en los planes se vaya incorporando al sistema laboral a las empresas no solo al rubro de la construcción”
De Filippi aclaró que el beneficiario que comienza con este plan no perderá la asignación que le otorga el ANSES sino que estará congelado el beneficio y una vez que se culmine la obra si este se incorpora al sistema laboral se le dará de baja y en caso contrario seguirá cobrando el beneficio.
En tanto el titular del Instituto Provincial de desarrollo habitacional de la provincia de Misiones, Ingeniero Santiago Ros destacó en el marco de este convenio, el crecimiento que ha tenido el sector en los últimos tres años cuando solo había 70 empresas operando en la construcción y hoy rondan las 160.A lo que el empresario Omar Ratti agregó que el empleado de la construcción es uno de los mejores pagos ya que la categoría mínima se encuentra en los 1.200 pesos.
Sanciones
Las sanciones en el caso de que las empresas incumplan con el compromiso de inclusión del 10% del personal, podrán consistir en la retención del pago de certificado de obra hasta regularizar la situación detectada, multas establecidas en el Convenio Marco del Programa Federal de Solidaridad Habitacional.
Por su parte los organismos se comprometieron a instrumentar mecanismos de denuncias y sanciones, colaboración y coordinación de acciones que permitan la eliminación progresiva del trabajo no registrado en la actividad de la construcción, la regularización de las contrataciones laborales y la verificación del cumplimiento por parte de los empleadores del pago de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
Fiscalización
A efectos de erradicar el trabajo no registrado en la actividad de la Construcción y perseguir la consecuente evasión de aportes y contribuciones en materia de recursos de la seguridad social, el IPRODHA exigirá a las empresas constructoras adjudicatarias la presentación dentro de los quince días de iniciadas las obras, en carácter de declaración jurada, de la nómina de los trabajadores ocupados propios y de las empresas subcontratistas, en cada una de las obras, especificando el número de C.U.I.L., apellido y nombre, categoría y lugar donde prestan servicios.
Por otra parte el incumplimiento del compromiso asumido por las empresas será sancionado con 150 pesos mensuales por cada beneficiario no incorporado durante el término de duración del contrato.
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