Newsletter Nº41 –Miercoles 4 de Octubre de 2006 - Año 1 


Extractado de: www.genteba.com.ar; y Comunicado de Prensa de UOCRA.

LA UOCRA Y EL GOBIERNO PORTEÑO ACCIONARÍAN CONJUNTAMENTE CONTRA EMPRESA CONSTRUCTORA POR LA MUERTE DE UN OBRERO

El Secretario General de la UOCRA, Gerardo Martínez, y el Ministro de Producción del Gobierno de la Ciudad Dr. Enrique Rodríguez, habrían acordado iniciar acciones legales contra una empresa constructora por considerar que violó la suspensión impuesta y por haber incurrido en una posible figura de delito penal como el de homicidio culposo

La UOCRA, mediante su Secretaria General, y El Ministerio de Producción, lamentan el fallecimiento del obrero de la construcción (Cro. Juan Ignacio Avalos Caballero), y las heridas sufridas por otro en el accidente (Cro. Alberto Alcides Salcedo) ocurrido en la obra sita en Arévalo 1544/Gorriti 6038.

La UOCRA efectuó 4 denuncias ante la Dirección General de Relaciones Laborales y Protección del Trabajo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:

La Primera, denuncia se efectuó el 05.12.05, por falta de Cártel de Obra, fallas de apuntalamiento en trabajos de demolición y falta de entrega de elementos de protección personal. ; La segunda, con fecha 01.03.06 por Prevención de Riesgos Laborales; La tercera el 24.05.06 por falta de elementos de protección individual; La cuarta el 01.09.06 por falta de seguridad y protección en máquinas herramientas empleadas.

 Asimismo, la repartición gubernamental inspeccionó 5 veces la obra a cargo de la Empresa DOME CONSTRUCTORA SRL CUIT 30-70847767-9: 

La primera, fue el 27/01/06 en donde se labró el acta de inspección Nº 59.805. La obra se encontraba en su etapa inicial. Se verificaron infracciones a la normativa de Higiene y Seguridad, se intimó a su adecuación concurriéndose nuevamente el 02/02/06 verificándose el cumplimiento parcial de las adecuaciones lo que motivó que se volviera a INFRACCIONAR. Dicha actuación dio lugar a la apertura del Expediente Nº 22.776/06, en trámite por ante el departamento de Jurídicos de la Dirección General de Protección del Trabajo; La segunda, inspección sucedió el 21/03/06 labrándose el acta Nº 62499. La obra se encontraba en etapa de excavación, con aproximadamente 10 operarios. El funcionario actuante verifica diversas irregularidades, que detalla en acta, INFRACCIONA por la normativa específica y solicita adecuación bajo apercibimiento de SUSPENSIÓN DE TAREAS. Atiende la inspección el Sr. Felix Villalba, DNI 93.050.013, en su calidad de encargado de la obra. Asimismo se solicitó documentación y se relevó personal y subcontratistas; La tercera, se realiza el 27/04/06 labrándose el acta Nº 66503, a los fines de verificar si las violaciones oportunamente detectadas se encontraban subsanadas. Se observó que las faltas se encontraban parcialmente cumplidas labrándose una nueva ACTA DE INFRACCION; La cuarta, con fecha 22/06/06 labrándose el acta Nº 70450. Se trata de una obra de 2 edificios, uno que da por Gorriti y otro por Arévalo con el subsuelo en común, PB y 9 pisos cada uno. Sobre Gorriti, losa y 1er. Piso, sobre Arévalo preparado encofrado sobre PB. Aproximadamente 12 operarios. En esta oportunidad sé INFRACIONA y se verificaron diversas violaciones que dieron lugar a la SUSPENSIÓN DE LAS TAREAS; La quinta, el día 08/08/06 y se labran las actas NC 73050 y 75451. Se observa la adecuación de algunos puntos y la subsistencia de diversas faltas, lo que motiva que se la VUELVE A INFRACCIONAR Y SE MANTIENE LA SUSPENSIÓN IMPUESTA.

No obstante, la empresa constructora decidió continuar trabajando a pesar de la suspensión poniendo en riesgo la vida de los trabajadores por ellos contratados.

Cabe aclarar que la empresa DOME CONSTRUCTORA SRL posee varios sumarios en trámite ante esta Dirección General, poniendo de manifiesto la gran irresponsabilidad empresarial.

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