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SERVICIO DE
SEPELIO: |
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Se ha previsto,
para el afiliado sindical y familiares directos a cargo,
la cobertura total de los gastos que comprenden el servicio
fúnebre: velatorio y traslado en todo el territorio
nacional, (si el fallecimiento se produjese lejos de
la residencia efectiva del fallecido). En caso de no
ser utilizado este servicio, el afiliado podrá
solicitar un reintegro por gastos de sepelio, (en iguales
condiciones que los subsidios), hasta un total de $
1,014,- Consultas 4384/7140 al 50 (departamento subsidios).
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Seguro de
vida Colectivo Además del Seguro de vida obligatorio,
a cargo del empleador que rige por el Decreto 1567/74
el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº76/75 establece
un seguro de vida para todos los trabajadores de la
construcción.
Esta cobertura alcanza a todos los trabajadores de la
construcción que al momento de su fallecimiento
se encuentran en relación de dependencia, aportando
el equivalente al 2% del Sueldo Básico del puesto
de Sereno. (variando la misma según la Zona de
Trabajo del país).
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Para el caso
de fallecimiento del trabajador, los beneficiarios son
los siguientes: Casados ó Unidos maritalmente,
la esposa ó conviviente y los hijos menores y/o
mayores (según lo normado por el código
civil). Solteros ó Sin cargas sociales, los padres
ó los hermanos. En aquellos casos que el vinculo
familiar presente dificultad probatoria se solicitará
dictamen ala Dirección de Asuntos Jurídicos
de UOCRA.
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A manera
de ejemplo: Fotocopia de
la documentación probatoria del vinculo familiar.
Fotocopia del Certificado de defunción. Certificado
de Servicios, por parte del empleador. Fotocopia de
la documentación familiar (certificado de nacimiento,
documentos y declaración jurada de los beneficiarios).
Esta documentación podrá variar según
cada caso en particular.
Desde aqui se puede imprimir
el formulario de Seguro de Vida Colectivo sin
esperar que se los envien desde la Sede Central.
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TRAMITACION: |
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El área
de Subsidios ubicada en el tercer Piso de Avenida Belgrano
1870 de esta Ciudad Capital, atiende en el horario de
9 a 17 horas.- tels. 4384-7140 al 60 (area subsidios).
Esta cobertura alcanza a todos los trabajadores de la
construcción que al momento de su fallecimiento
se encuentran en relación de dependencia, aportando
la suma de $ 9.- por mes, sin ningún costo adicional.
(variando la misma según la Zona de Trabajo del
país).
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REQUERIMIENTOS: |
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>>
Ser Afiliado Sindical con por lo menos 8 meses de descuento
de cuotas sindicales.
>> Estar
en Actividad, con descuento sindical, en momento de presentar
la solicitud.
>> Cada
solicitud deberá estar acompañada de la
documentación requerida por el formulario de cada
subsidio o Reintegro.
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