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Instructivo jun/07
Actualizador de Versión (4.21.0)(15/01/2013)
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Instructivo Actualizador de versión (Ene/13)
Aplicativo Local Declaración Jurada (Versión 4.21.0)
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SUMA NO REMUNERATIVA EXTRAORDINARIA
1.- El pago de una suma de carácter no remunerativo y extraordinario de fin de año 2012, para el personal comprendido en el ámbito de aplicación de los convenios colectivos de trabajo (CCT) 76/75, 577/10, 545/08 y 445/06.
2.- Esta suma no remunerativa se abonará a todos aquellos trabajadores activos a la fecha de suscripción del presente (14/12/2012) de acuerdo a las siguientes condiciones:
- Trabajadores con fecha de ingreso hasta el 31/08/2012: percibirán el 100%.
- Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/08/2012 y hasta el 31/10/2012: percibirán el 75%
- Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/10/2012: percibirán el 50%.
3.- Los montos a percibir, respetando la porcentualidad establecida en el punto 2.- serán los siguientes:
a) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fé, Entre Ríos, San Juan, Mendoza, San Luis, La Pampa, Neuquén, Río Negro y Chubut un monto de $2.500.- (pesos dos mil quinientos).
b) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
Provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, La Rioja, Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes un monto de $2.000.- (pesos dos mil).
c) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego un monto de $3.000.- (pesos tres mil).
Dichos montos se abonarán en cuatro (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas simultáneamente con la primera quincena de cada mes, a partir del mes de marzo (mes de homologación de los acuerdos).
4.- Habida cuenta del carácter no remunerativo y extraordinario de la suma acordada, la misma no se incorporará a los salarios básicos ni será tenida en cuenta a los efectos del cálculo de horas extras, aguinaldo, vacaciones, asignación por fondo de cese laboral y ninguna otra indemnización y/o concepto cuyo cálculo modele sobre el salario.
Tampoco esta sujetos a aportes y contribuciones de la seguridad social, salvo a los relativos a Obra Social, que deberán ser integrados en su totalidad.
5- El pago de la suma no remunerativa y extraordinaria acordada, será absorbida y/o compensado hasta su concurrencia con cualquier anticipo, gratificación y/o asignación que se hubiere liquidado, tanto voluntariamente o como consecuencia de acuerdos y/o convenios firmados individualmente por los empleadores con la representación gremial. Respecto de estas sumas no remunerativas, absorbidas y / o compensadas, cualquiera sea la oportunidad del pago, resulta de aplicación el ingreso de aportes y contribuciones con destino a la obra social.
Desde 12/2012 a 02/2013 $58.92
Desde 03/2013 a 08/2013 $63.13
Desde 09/2013 en adelante $65.76
$67.70 por empleado (mismo valor que CCT76/75)
1.5% Remuneración Bruta de NO Afiliado desde 11/2012 hasta 04/2013 inclusive.
pago contado: 11/2012 $ 84,- por cada obrero declarado al 24/08/2012 (fecha de suscripción del acuerdo) vencimiento 10/12/2012
pago en cuotas:
11/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/12/2012
12/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/01/2013
01/2013 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/02/2013
02/2013 $ 21.- por cada obrero declarado al 24/08/2012 vencimiento 10/03/2013
desde 07/2012 para todas las zonas será de $ 54.92 (1.5% sobre $ 3661.27.- salario básico categoría A Zona A)
1.5% S/ REMUN.DE NO AFILIADO desde 09/2012 hasta 02/2013
pago contado: 07-2012 $ 84,- por cada obrero declarado al 04-07-2012 y vto el 10-08-2011
pago en cuotas:
07-2012 $ 21.- vencimiento 10-08-2012
08-2012 $ 21.- vencimiento 10-09-2012
09-2012 $ 21.- vencimiento 10-10-2012
10-2012 $ 21.- vencimiento 10-11-2012
Desde 06/2012 - $ 67,70 (2% sobre $ 3385.- salario básico sereno Zona A)
Uno y medio porciento (1.5%) sobre remuneraciones de NO AFILIADOS desde período 08/2012 hasta el 01/2013 inclusive.
Pago al contado: Periodo 07/2012 $ 84.- por c/obrero declarado al 12-06-2012 (fecha de suscripción del acuerdo) vencimiento 10/08/2012.
Pago en 4 cuotas:
Cuota 1 Período 07/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/08/2012
Cuota 2 Período 08/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/09/2012
Cuota 3 Período 09/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/10/2012
Cuota 4 Período 10/2012 $ 21.- por cada obrero declarado al 12/06/2012 vencimiento 10/11/2012
SEGURO DE VIDA valor cápita $ 52.60 (equivalente al 2% de los $ 2.630.33 del salario básico del sereno zona I) desde el 03/2012 hasta el 06/2012.
Desde 03/2011 hasta 06/2012 $46.97
Pago contado:
11/2011 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 11/12/2011
12/2011 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 13/01/2012
01/2012 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 13/02/2012
02/2012 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 13/03/2012
03/2012 $500.- por cada trabajador activo al 13/09/2011. Con vencimiento 12/04/2012
Sr. Empleador
Recuerde que la Contribución Empresaria Extraordinaria no figura en el Aplicativo sino que, al transferir el archivo para realizar la DDJJ, en el 4º paso, encontrará la opción de colocar el total del importe o la primera cuota.